Tanatorio - crematorio en Algarrobo

¿Qué tal blogger@s?
Desde algarrob@lternativo siempre procuramos estar muy pendientes de los temas que puedan despertar el interés de los algarrobeñ@s y siguiendo vuestros comentarios no podíamos obviar el referente a la instalación de un tanatorio en nuestro municipio y cuya ubicación ya se ha comentado en diversas ocasiones.
Sin embargo no queríamos entrar a valorar esta información hasta poder contar con una información más o menos contrastada y un conocimiento al menos suficiente como para poder hablar sobre ello con cierta propiedad y sobre todo evitando que el desconocimiento nos lleve a desinformar a nuestr@s lectores. Aún así, queremos anticiparnos y pedir disculpas si en nuestro post pudiésemos incurrir en algún error sobre todo dada la poca firmeza del tema en el que nos adentramos lleno de rumorología y de ambigüedades legales que dejan resquicio a múltiples posibilidades.

Lo primero que hicimos al aparecer los primeros rumores y comentarios en nuestro blog fue consultar el BOP (Boletín Oficial de la Provincia) en busca de la confirmación que verificara esta información. A través de esa consulta pudimos comprobar que lo que algunos asiduos comentaristas de algarrob@lternativo comentaban era cierto y que efectivamente en el BOP de 30 de diciembre de 2008 se publicaba el decreto de la alcaldía por el que se procedía aceptar a trámite el proyecto de tanatorio promovido por una empresa privada.
El debate en torno a este tema derivó hacia la legalidad o no de instaurar una instalación de estas características en una vivienda y la situación real de la misma en suelo industrial o urbano algo de lo que dependería la viabilidad del proyecto.
Así pues, acto seguido nos pusimos en contacto con varios expertos en la materia para conocer un poco cuál es la normativa que rige estas instalaciones y los requisitos necesarios para su instalación.
Según estas fuentes contamos con varias normativas referentes a los servicios funerarios y de este modo la ley 7/1985 de bases de Régimen Local atribuye a las Entidades Locales en su articulo 25.2 j) competencias en materia de cementerios y servicios funerarios, sin perjuicio de la liberalización del sector funerario que tiene lugar con posterioridad a partir del Real Decreto 7/1996 de 7 de Junio sobre Medidas Urgentes de Carácter Fiscal y de Fomento y Liberalización de la Actividad Económica.
Del mismo modo la Ley 2/1998 de Salud de Andalucía encomienda a la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía el establecimiento de criterios generales, normas y directrices para el ejercicio de la policía sanitaria mortuoria. Con arreglo a estas pautas legales los municipios ejercerán las competencias sanitarias que le atribuye la citada ley relativa al control sanitario de los cementerios y policía sanitaria mortuoria. Como consecuencia de esta normativa legal se aprueba el Decreto 95/2001 de 3 de Abril por el que se regula el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Andalucía y en el que se recoge que los municipios son la Administración competente en materia de autorización y control de instalaciones y servicios funerarios así como se establece que la ubicación de los tanatorios y crematorios debe ser coherente con las normas urbanísticas locales así como los proyectos de nuevos hornos crematorios se someterán al procedimiento establecido en el artículo 12 del decreto 74/1996 de 20 de febrero , por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire. También recoge este decreto los requisitos generales de tanatorios y crematorios donde se especifica entre otras cosas que éstos se deben ubicar en edificios aislados y de uso exclusivo para tal finalidad, aspecto que cumpliría la vivienda en cuestión.
Como vemos, el aspecto normativo es muy ambiguo y demasiado amplio, lo que puede dar lugar a lo que ya algún comentarista de nuestro blog apuntó como “salvar” las normas. Y es que según nos apuntan los expertos consultados, y sin tener un conocimiento real de la calificación de la zona donde pretende ubicarse, lo que sí debería cumplir esta parcela es que esté permitido el uso sanitario ya que es dentro de esta consideración donde se ubican las instalaciones de estas características.
Del mismo modo, dichas fuentes nos cuentan que lo ideal sería que estas instalaciones se ubiquen en zonas de uso dotacional (donde estaría el equipamiento comunitario –administrativo, asistencial, docente, sociocultural, deportivo, religioso, sanitario, servicios funerarios- y red viaria, espacios libres, aparcamientos e infraestructuras tales como abastecimiento de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, telecomunicaciones, residuos urbanos…), sin embargo, en las zonas de polígono no está permitido el uso dotacional. Por eso muchos técnicos municipales califican estas instalaciones como de uso terciario (que sería el correspondiente para comercios, oficinas, restauración y hospedaje, salas de cultura y ocio, garajes y aparcamientos, gasolineras) para así poderlos ubicar en zonas de polígono industrial donde sí está permitido el uso terciario y de este modo “salvar” esos escollos legales o normativos que impedirían su instalación. Evidentemente cuando hablamos con los expertos no disponíamos de la situación real de esta zona, pero según nos comentaban ellos todo parecería apuntar en este sentido. Al ser el Ayuntamiento el que dispone de toda la competencia para dar licencia y permitir la puesta en marcha de este proyecto sería difícil que no acabase llegando a término.
Con este artículo pretendíamos arrojar un poco de luz sobre los aspectos normativos y la posible situación del proyecto de tanatorio-crematorio en nuestro municipio. En otra ocasión aprovecharemos para comentar otros aspectos también importantes y relativos a este tema que entendemos es de interés general para todos nuestr@s vecin@s.

8 comentarios:

Anónimo dijo...

Siendo, igualmente prudente, no creo que esa actividad se pueda realizar en el llamado suelo destinado a dotaciones de índolo social, Podría serlo si se tratase solo de tanatorio-velatorio, pero la instalación de crematorio es diferente y tiene un tratamiento distinto.

Anónimo dijo...

Este equipo de gobierno lo único que está haciendo es vendernos al mejor postor para sus intereses. Seguro que nos vamos encontrando con más declaraciones de utilidad pública e interes social en cada parcela que vayan vendiendo. Para eso habrán contratado al arquitecto que les firme todo lo firmable.

Anónimo dijo...

Tan claro como el agua: si es el ayuntamiento quien tiene la última palabra, como ha quedado claro, se hará. Y no por cuestiones estratégicas, más bien de afinidad. Es algo premeditado y en ningún momento ha existido voluntad de buscar una ubicación más favorable y alejada de la carretera principal y viviendas. En lugar de potenciar la que se supone zona industrial han ejercido de corredores inmobiliarios para los que bailan al son que tocan. Ya lo podrán enmascarar como quieran, pero es una evidencia que a nadie escapa. Podrán estar amparados por la ley, pero se les ve el plumero de lejos.

Anónimo dijo...

Ya ha hablado el concejal de urbanismo sobre el tanatorio-crematorio. No tiene desperdicio. Conclusión: a la orden de la empresa y del particular interesado y ni media palabra sobre la incidencia medioambiental de la instalación, ni parece que le importe. Tampoco ha dicho nada sobre las alegaciones, me parece que hay algunas. Pero vaya, que ellos ni caso. Tendremos un creematorio, con sus humos y sus gases, muchos de ellos contaminantes y a nuestro equipo de gobernantes les importa bien poco y, eso, que deberían de velar por nuestra calidad de vida. Tendremos un crematorio que nadie ha pedido, eso sí lo mismo trabaja alguien del pueblo. Esa es la contraprestación. Ya van 3 que claramente estaran dando saltos de alegria: Aquagest, Pompas Fúnebres y el particular que vende.

Anónimo dijo...

Lo de humos y gases contaminantes te lo has inventado tú. Mejor te informas y compruebas que es una actividad sin más impacto medioambiental que un horno de leña cualquiera.

Anónimo dijo...

Franco ha resucitado

Anónimo dijo...

Hola soy de la Costa, veo que no queréis el tanatorio en el pueblo, bueno propongo que lo pongan en la Vega y los puestos de trabajo nos lo den a los de la Costa que no bos importa tenerlo por aqui.

Anónimo dijo...

Me parece que el único sitio disponible es el aportado por los interesados y listo eres van a crear miles de puestos de trabajo. Así que apuntate, que la costa es Algarrobo y tendrás muchas posibilidades,

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